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Parlamento ecuatoriano aprueba ley de derechos de discapacitados
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Prensa Latina
La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó por unanimidad un proyecto de Ley de 116 artículos que promueve el ejercicio de derechos de las personas con discapacidad e incluye seguro de vida, educación, becas y jubilación, entre otros.
La Ley Orgánica de Discapacidades, aprobada con el voto de los 94 asambleístas presentes, asegura la prevención, detección oportuna, habilitación y rehabilitación de la discapacidad y garantiza la plena vigencia, difusión y el ejercicio de sus derechos.
Entre estos derechos está la remisión de información, la formación de conductores y choferes, el porcentaje de inclusión laboral, crédito preferente, exenciones arancelarias, y jubilación a los 25 años de aportación.
La normativa ampara a las personas con discapacidad, ecuatorianas o extranjeras que se encuentran en territorio ecuatoriano; así como a los ecuatorianos en el exterior; sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, su cónyuge o conviviente.
También a las personas jurídicas públicas y privadas sin fines de lucro, dedicadas a la atención, protección y cuidado de las personas con discapacidad.
Se considera persona con discapacidad a quien como consecuencia de una o más deficiencias vea restringida permanentemente en al menos 30 por ciento su participación o limitada su capacidad para ejercer una o más actividades de la vida diaria.
La nueva ley crea el Sistema de Protección Integral, en tres niveles: Consejo Nacional de la Igualdad de Discapacidades; Defensoría del Pueblo; y, Organismos de ejecución de políticas y planes.
El empleador público o privado que cuente con un número mínimo de 25 trabajadores está obligado a contratar, un mínimo de cuatro por ciento de personas con discapacidad, en labores permanentes.
Así mismo los empleadores podrán deducir el 150 por ciento adicional para el cálculo de la base imponible el Impuesto a la Renta respecto de las remuneraciones y beneficios sociales sobre los que se aporte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por cada empleado contratado con discapacidad.
Prevé que el Banco del IESS otorgará créditos hipotecarios reduciendo en 50 por ciento el tiempo de las aportaciones necesarias para tener acceso a los mismos.
Determina que las personas con discapacidad pagarán una tarifa preferencial del 50 por ciento de la regular en los servicios de transporte terrestre público y comercial, urbano, parroquial o interprovincial; aéreo nacional, fluvial, marítimo y ferroviario.
También tendrán exoneración del 50 por ciento, en los espectáculos públicos, beneficios respecto al impuesto predial, renta, tarifas notariales, servicios básicos y podrán realizar importaciones de bienes para su uso exclusivo exentas del pago de tributos.
Fuente: ocs/prl/Prensa Latina
(DCH)
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